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Es importante que como seres humanos aceptemos que algún día nuestros seres queridos y nosotros vamos a morir y estemos preparados para ello. No hay que estar preparados únicamente en el ámbito sentimental, sino también en el ámbito legal. Hemos de orientarnos legalmente para que cuando suceda, sepamos cuáles son los pasos a seguir, como es el caso de la obtención de un certificado de defunción.

Al fallecer una persona, en la mayoría de los países es obligatorio que se tramite el certificado, el cual es un documento que certifica el fallecimiento. España es uno de estos países. No todos los países piden los mismos requisitos para este trámite, por lo que antes de iniciarlo busca orientación o investiga por tu cuenta. A continuación te explicaremos como debes de proceder si te encuentras viviendo en España.

¿Qué es un certificado de defunción?

Documento oficial que dependiendo del país de residencia del difunto, será emitido por el médico que declaro la muerte o la oficina de registro civil del gobierno. Este documento acredita el fallecimiento e incluye el lugar, la fecha y hora del acontecimiento y la causa de la muerte. En España, existen dos modalidades de certificados: los certificados positivos y los certificados negativos.

Certificados Positivos

Los certificados positivos se dividen en extracto y literal. El extracto presenta un resumen del acontecimiento del fallecimiento y lo puedes encontrar en el Registro Civil donde se haya inscrito el difunto. Se encuentran subdivididos en ordinario, internacional o plurilingüe y bilingüe.

El ordinario es expedido en castellano para las comunidades autónomas en donde el idioma oficial sea el castellano. El internacional, el cual surte efecto en los países que ratificaron el Convenio de Viena, es expedido en el idioma oficial de los países firmantes de dicho convenio. Algunos de estos países fueron España, Alemania, Eslovenia, Croacia, Austria, Bélgica, Francia, Luxemburgo, Estonia, Rumanía, Bulgaria, Holanda, Grecia e Italia.

Por último tenemos el bilingüe, el cual se entrega en las comunidades autónomas que cuentan con un idioma oficial distinto al castellano. En estos casos se entregarán dos certificado de defunción, uno en castellano y otro en el idioma de la comunidad autónoma en el que se expida.

Por otro lado, el literal no es más que una copia de la inscripción de defunción. En él se encuentran todos los datos relacionados a la muerte del difunto, incluyendo sus datos personales, causa, lugar y hora de la muerte.

Certificados Negativos

Este certificado es emitido por el Registro Civil Municipal y acredita que el fallecimiento de una persona no se encuentra inscrito en su localidad. Los certificados negativos requieren que se realice un trámite de reposición de defunción.

¿Quién puede solicitar mi certificado?

El certificado puede ser entregado a cualquier ciudadano que lo requiera, mientras no se encuentre dentro de las excepciones legales que no permiten su publicidad sin autorización previa. Se podrá solicitar si se requiere suspensión o privación de la patria potestad, legajo de abortos, rectificación del sexo o la nulidad, separación o divorcio de un matrimonio.

¿Cómo puedo obtener un certificado de defunción?

Lo podrá obtener al dirigirse al Registro Civil, por la página del Ministerio de Justicia de España o por correo. Si elige presencial, requerirá de una cita previa. Deberá presentarse con su DNI en el Registro Civil donde se haya inscrito el difunto e indicar sus datos personales, fecha y lugar del fallecimiento. Además, deberá indicar que tipo de certificado desea y cuando esté listo, podrá recogerlo en la ventanilla del registro civil.

Por la página, puede realizar el trámite online con Clave o sin certificado digital. Si opta por Clave debe de tener el certificado digital o estar registrado en la plataforma. Deberá de llenar una solicitud donde se verificará inmediatamente la disponibilidad de la información y de estar disponible se expedirá en el momento.

En el caso contrario, recibirá el certificado al correo postal que incluyo en su solicitud. Sino posee el certificado digital, se puede ir por el otro caso y el documento se le enviará por correo al domicilio fiscal de su solicitud.

Si se encuentra lejos del Registro Civil, puede optar por iniciar el trámite por correo. Esto lo hará al enviar una carta al Registro Civil, donde deberá incluir el nombre y el domicilio fiscal donde deseará se le envíe el certificado. En su carta incluirá sus datos personales, número de teléfono y DNI. También deberá de incluir los datos personales del difunto, lugar y fecha del fallecimiento y el tipo de certificado que desea.

¿Dónde puedo inscribir la defunción?

Deberá de inscribirse en el Registro Civil del lugar donde haya ocurrido el fallecimiento. Sin embargo, habrá ciertas excepciones como que si se desconoce el lugar de la muerte, se inscribirá el difunto en el Registro de donde se haya encontrado el cadáver. Si la persona fallece en viaje, el registro a seleccionar será donde ocurra el enterramiento.

En muertes causadas por naufragio o catástrofes aéreas, se seleccionará el registro correspondiente donde se instruyan las primeras diligencias. Si las diligencias no fueron instruidas por autoridades españolas, el lugar del siniestro será determinado por la competencia.

¿Qué requisitos necesito para la inscripción?

La inscripción podrá ser efectuada por los individuos que tengan conocimiento de la muerte y necesitará la certificación médica de la muerte para poder darle inicio. De desconocerse la identidad del difunto, la inscripción será por nombres o apodos y edad que aparenta. La fecha y el lugar de fallecimiento se estimarán dentro de ciertos rangos.

Deberá de entregar un formulario gratuito que deberá de ser suministrado por el Registro. Dicho formulario deberá de ser completado con los datos personales del fallecido y sus padres, estado civil, nacionalidad, DNI, fecha y lugar de nacimiento, día hora y lugar de defunción.

También se deberá de incluir el domicilio último, lugar de enterramiento y cita de los documentos a partir de los cuales se extrajeron los datos suministrados. Esto último no será necesario si el declarante conoce los datos requeridos. De no conocerlos, podrá hacer referencia a otros datos de identificación como fotografías.

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