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Si estás en un proceso judicial, asegúrate de estar bien acompañado. Nosotros te ofrecemos la informacion paraa ayudar y facilitar todas estas gestiones tan difíciles.

El Servicio de dictamen pericial es un servicio que permite a los expertos presentar informes periciales electrónicamente. Solo tienen acceso a esta área aquellos que están encargados de intervenir como perito y emitir un dictamen correspondiente al proceso judicial en el que se ha determinado el cargo.

Cuando un perito realiza un Dictamen Pericial, aportando su opinión y conocimientos sobre un área específica, en un proceso judicial. Para así, ayudar al juez y jurado a llegar a una decisión concluyente, de manera más eficaz.

¿Cómo emitir un dictamen pericial?

Debes acceder a la Sede Judicial Electrónica, e ir directo al “Área Privada” o “Cl@ve”. Deberás autenticarte con tu DNI electrónico o código asignado, y posteriormente acceder al “área de peritos”. En “Servicios” debes pulsar “mis escritos”, y desde allí, seleccionar “nuevos”.

En tipo de escrito, debes seleccionar “dictamen pericial” y luego “continuar”. Esto te llevará a un formulario con datos que debes llenar. Deberás cargar la documentación acreditativa del nombramiento como perito y el dictamen. Si deseas mantenerlo como borrador, debes seleccionar “guardar”, el cual estará disponible durante una semana.

Puedes “Guardar y enviar”, donde la ventana emergente será una “autofirma”. Elige el certificado digital, y liego cliquea en “ok” para firmar. Aparecerá un mensaje diciendo: “se ha realizado la presentación del escrito correctamente” y podrás revisar el Acuse de recibo.

Los borradores podrán ser encontrados en el área de “mis Escritos”. Los documentos no pueden ser mayor a los 30 mg, ya que el sistema no dejara cargarlos si superan ese peso.

La presentación de estos escritos y documentos, así como la recepción electrónica de actos de comunicación procesal mediante sistemas de identificación y de firma electrónica, se regulan según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, y el Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014.

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