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Asistencia al ciudadano

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Si estás en un proceso judicial, asegúrate de estar bien acompañado. Nosotros te ofrecemos la informacion paraa ayudar y facilitar todas estas gestiones tan difíciles.

Contar con asistencia al ciudadano en el país donde vives es importante. Esto te ayudará en los momentos que se presenten problemas legales y necesites orientación legal, sin importar si cuentas o no con los recursos económicos. Sabemos que no todas las personas tienen la posibilidad de costear un abogado, por lo que algunos países dan asistencia jurídica gratuita, como es el caso de España.

¿Qué es la asistencia al ciudadano?

Se refiere a aquella ayuda que otorga el gobierno a sus ciudadanos con pocos recursos económicos para cubrir los gastos de un profesional. Esta asistencia al ciudadano se da con el fin de que el ciudadano sea atendido u orientado en cierto ámbito, ya sea jurídico o de salud.

¿Qué es la asistencia jurídica gratuita?

Esta asistencia jurídica gratuita es otorgada a aquellas personas que carecen de recursos económicos. Se recibe luego de realizar cierto trámite y le otorgará al beneficiario prestaciones que deberán de ser destinados al pago de los honorarios de Abogados y Procuradores. Además, estarán incluidos los gastos de fianzas, peritaciones y tasas judiciales.

También se incluirá el asesoramiento gratuito en el inicio del proceso, asistencia de abogado, asistencia pericial, obtención gratuita de material de apoyo e inserción gratuita de anuncios. Por otro lado, esta asistencia reducirá en un 80% los derechos arancelarios de determinadas actuaciones notariales, registros de propiedades y de mercantil.

¿Quién puede solicitar asistencia al ciudadano gratuita en el ámbito jurídico?

La asistencia al ciudadano podrá ser solicitada por cualquier ciudadano que esté a punto de iniciar un trámite legal o ya se encuentre inmerso en él. Además, es un requisito indispensable que el solicitante no cuente con el patrimonio suficiente para litigar. Dicho patrimonio se considerará insuficiente cuando todos los ingresos económicos brutos por unidad familiar no superen los siguientes montos:

Desde el 2016, el monto será de 12.780,26 € para personas que no se encuentren dentro de ninguna unidad familiar. 15.975,33 € para unidades familiares con menos de cuatro miembros y 19.170,39 € para unidades familiares de cuatro o más miembros.

Se considera como unidad familiar a los cónyuges que no se encuentren separados legalmente y sus hijos menores que no hayan sido emancipados. También las personas casadas e hijos que no hayan sido emancipados.

¿Qué requisitos debo de cumplir para poder solicitar la asistencia al ciudadano gratuita?

Para personas físicas, podrán recibir asistencia gratuita inmediata aquellas que hayan sido víctimas de terrorismo, trata de personas o violencia de género. También se incluyen aquellas personas que estuvieron presentes en un accidente y tuvieron secuelas permanentes que cambiaron su calidad de vida por completo. En este último caso la litigación será por indemnización debido a daños personales y morales.

Las personas jurídicas recibirán asistencia gratuita si el caso se encuentra adscrito en las Fundaciones del Registro Administrativo correspondiente o Asociaciones declaradas de Utilidad Pública. Además, su patrimonio económico deberá de ser menor a la cantidad triple del IPREM en cómputo anual.

¿Cómo puedo solicitar mi asistencia gratuita?

La solicitud se puede presentar de manera presencial o por internet. De manera presencial, deberá de ingresar en la página del Ministerio de Justicia y descargar los impresos que se encuentra en el anexo 996/2003. Estos impresos también se pueden conseguir en las dependencias judiciales y comisiones de asistencia jurídica gratuita. Deberá incluir en la solicitud los documentos que comprueben la insuficiencia de recursos.

Para la solicitud por internet, se ha de ingresar en el portal web de Justicia Gratuita. En este portal podrás completar el formulario de solicitud o comprobar si cumples con los requisitos necesarios para ser aprobada tu solicitud. Los documentos y la solicitud deberán de ser llevados ante los servicios de orientación jurídica del Colegio de Abogados involucrado o ante el Juzgado del domicilio del solicitante.

Para iniciar el trámite deberás incluir tus datos personales y del cónyuge, DNI, fecha de solicitud, datos que comprueben la situación económica e identificación de los familiares cercanos.

Los documentos que deberás de presentar dependerán del caso y de la situación en la que te encuentres. En general, se requiere de la fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia, fotocopia del libro de familia, certificado de empadronamiento, certificado del INEM y certificado de valores.

En el caso de ser solicitado por una persona jurídica, deberá presentar el certificado de liquidación del impuesto sobre sociedades y fotocopia de la declaración de utilidad pública. Para el caso de los delitos viales, se requerirá la fotocopia del permiso de circulación o certificado de la Jefatura Provisional de tráfico.

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